FSC-CCOO Autonómica Madrid | 4 abril 2025.

El pdoer de cambiar las cosas

Reunión Comisión Paritaria y Comisión Seguimiento

    Os adjuntamos un resumen con los temas de especial interés tratados en las Comisiones de Paritaria y Seguimiento del pasado 26 y 27 de febrero de 2025

    03/03/2025.

    Corrección de erratas detectadas en la redacción en el artículo 73 “Reingreso desde situaciones sin derecho a reserva de puesto” y en el artículo 234, sobre vacaciones y libranzas del personal de la ASEM Madrid 112, del Convenio Colectivo único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid para el periodo 2025-2028 y Corrección de erratas detectadas en la redacción del artículo 33 del Acuerdo Sectorial sobre “Desarrollo de la carrera horizontal”.

    En el artículo 73 donde pone dos años debe decir 4 meses.

    En el artículo 234 punto 1 debe decir meses de julio, agosto y septiembre. Hay que quitar junio.  

    En el art. 33.1 donde dice “personal funcionario de carrera” debe decir “personal funcionario de carrera e interino”.

    Información e interpretación a fin de garantizar la correcta aplicación y prevalencia del derecho a cambio de turno recogido en el artículo 67 y su relación con el ejercicio de la mejora de empleo regulado en el artículo 61, todo ello, según se establece en la Disposición Transitoria Decimoséptima del Convenio 2025-2028. 

    Ante las dudas de la AMAS y la intención de hacer efectivo en primer lugar la mejora de empleo, la Comisión Paritaria le recuerda que primero es el cambio de turno y después la mejora de empleo.

    CCOO recuerda que es así como está regulado en el acuerdo de mejora de empleo del año 2019. Incluso en el nuevo convenio el cambio de turno va antes que el concurso de traslados.

    Criterio de Desempate: 

    1.     Antigüedad en la categoría en el centro.

    2.     Antigüedad en la Administración independientemente de las categorías profesionales

    3.     Letra del desempate por sorteo del año, por el primer apellido.

    Derecho del personal laboral que se ha incorporado a la Administración de la Comunidad de Madrid en noviembre y diciembre de 2024, a la percepción del complemento fondo de modernización previsto en la DA 3ª, del convenio colectivo 2021/2024 y, por consiguiente, del complemento personal transitorio absorbible por la carrera profesional horizontal, previsto en la DA 2ª del vigente convenio colectivo

    Tienen derecho a percibirlo con el último cambio introducido en la Orden de diciembre de 2023. Si no lo han percibido que lo soliciten.

    Aclaración sobre el artículo 62 del Acuerdo. Bolsa de conciliación de horas en recuperación presencial.

    La Administración dice que se atiene a la literalidad del texto y por tanto, se tiene que recuperar de forma presencial.

    Desde CCOO se trasladó la dificultad que supone la recuperación solo de forma presencial para la conciliación

    Régimen de disfrute y mantenimiento de vacaciones, días de libre disposición en los puestos que se han funcionarizado.

    Al producirse la funcionarización en el mismo puesto se arrastran las vacaciones y los días de libre disposición.

    Información sobre la previsión de resolución de las distintas convocatorias específicas de promoción interna previstas en la disposición adicional 5ª del actual convenio colectivo.

    Nos facilitan los datos que están colgados en la página web.

    CCOO expone el problema que está habiendo con la Promociones profesionales específicas (DA 10ª. Luego 8ª y en el actual convenio es la 5ª) y que con las dilaciones sufridas desde su aprobación en el convenio 2018 se está causando un perjuicio profesional notable,   a lo que hay que añadir además la queja por la pérdida de salario y la pérdida del nivel que les debería corresponder en  la carrera profesional si se hubiesen finalizado en su momento. Se lleva desde el Convenio 2018  con una expectativa de promoción y mejora salarial que sigue sin llegar, mejora que les correspondería y no se ha llevado a cabo en plazo lógico, (recordemos que la convocatoria se realizó en el último trimestre de 2021) pues se encuadra esta promoción en una mejora de la clasificación profesional. 

    Aplicación del artículo 89, carrera profesional horizontal, a la empresa pública Planifica Madrid Proyectos y Obras M.P., S.A.

    CCOO entiende que aunque se les excluye del acuerdo de carrera horizontal general, al estar en convenio tienen derecho a carrera horizontal. No tenemos una posición cerrada, puede ser una propia o que se les aplique la  acordada con carácter general.

    La Administración propone que esta cuestión se aborde con la empresa y está valore la necesidad o no de implantar una carrera horizontal.

    Situación del artículo 140, seguro de responsabilidad civil.

    Desde CCOO hemos llevado esta cuestión desde la creación del mismo, y sobre todo por la importancia para los trabajadores. Se nos informa que se ha renovado el seguro para todos los trabajadores de la Comunidad de Madrid. 

    Como indicamos y exigimos desde CCOO cuando se suscribió por primera vez, se nos comunica desde Función Pública, que en esta nueva póliza, desaparece la franquicia para la Responsabilidad civil personal de los trabajadores.

    Prorroga de habilitación a la AMAS para la cobertura de vacantes de titulado superior especialista, área D nivel 10 y de diplomado especialista en enfermería, área D, nivel 8

    Se autoriza la prorroga

    CCOO propone reunirse para abordar esta situación y buscar una solución definitiva que permita encontrar especialistas que quieran trabajar en AMAS. No podemos prorrogar la habilitación con carácter indefinido.

    Documentación asociada
    Documentación asociada