FSC-CCOO Autonómica Madrid | 21 noviembre 2024.

El pdoer de cambiar las cosas

La incorporación tendrá lugar el 1 de octubre

Resolución concurso traslados personal laboral

    Publicado en el BOCM de hoy el Acuerdo de la Comisión de Valoración del Concurso de Traslados para personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid de aprobación de la relación y valoración definitiva de participantes admitidos y excluidos, y la Resolución de 9 de abril de 2021, de la Directora General de Función Pública, por la que se procede a resolver de forma parcial el concurso de traslados.

    14/04/2021.

    Se aprueba la relación y valoración definitiva de participantes admitidos y excluidos con inclusión del puesto adjudicado y número de orden de preferencia indicado por la persona adjudicataria, a excepción de la categoría de Titulado Superior Área D, que será objeto de aprobación posterior, y se resuelve de forma parcial el concurso de traslados para el personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, (convocado al amparo de la Orden 2594/2019, de 19 de julio), de todos los puestos convocados a excepción de la categoría de titulado superior del área D y se procede a la publicación de esta resolución en el BOCM. 

    La relación y valoración definitiva de participantes admitidos y excluidos y la relación de puestos adjudicados, se expondrá en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, así como en la página web de la Comunidad de Madrid.

    La presente resolución tendrá efectos, con carácter general, del 1 de octubre de 2021. 

    La publicación de esta resolución en el BOCM constituye su notificación a las personas interesadas.

    • En el supuesto de que se participe desde una situación que conlleve reserva de puesto y se obtenga otro en el presente concurso de traslados, se deberá optar entre incorporarse de forma efectiva al puesto adjudicado o permanecer en dicha situación, lo que comunicará en el plazo o fecha de incorporación establecida al órgano competente en materia de personal, entendiéndose, en este último caso, que la reserva pasa a serlo del puesto adjudicado.
    • Cuando se produzca la adjudicación de un puesto a una persona que se encuentre en una situación de excedencia que no conlleve reserva de puesto de trabajo, supondrá su reingreso al servicio activo, siendo declarada de oficio en situación de excedencia voluntaria si no existiera incorporación efectiva en el plazo establecido al efecto.
    • Para todas aquellas personas que se encuentren disfrutando de permisos o licencias que, en su caso, les hayan sido concedidos o, en el supuesto de baja por incapacidad temporal, el cómputo para la incorporación se iniciará el día siguiente al de finalización de los permisos o licencias o al día siguiente a aquél en el que produjera el alta médica. 
    • Las personas interesadas deberán personarse en las subdirecciones generales o unidades de personal de las consejerías y organismos de nuevo destino entre los días 20 y 24 de septiembre, con el objeto de firmar la oportuna diligencia para unir a su contrato de trabajo. El orden de presentación durante dichas fechas se publicará con suficiente antelación en el último enlace del listado de la derecha.